La Tercera-Pulso | IVA a los Servicios: La reestructuración que apremia a los profesionales para sortear el pago de este impuesto

Desde el próximo 1 de enero de 2023 todos quienes presten algún tipo de servicios comenzarán a pagar IVA, siendo los únicos exentos los servicios educacionales, de transporte y de salud ambulatoria. Pero la ley abrió un espacio para mantener esta franquicia: las sociedades de profesionales también quedarán eximidas de pagar este gravamen. ¿El problema? El restringido ámbito que dejan los requisitos que deben cumplir quienes quieran cambiar su estructura societaria.

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Hace un año, la discusión para implementar la Pensión Garantizada Universal (PGU) generó que en el trámite legislativo se buscaran nuevas fuentes de financiamiento permanente, echando mano a reducir o eliminar exenciones tributarias, y de esa forma, lograr mayores ingresos.

Una de esas franquicias impositivas era de la que gozaban distintos tipos de servicios, al no pagar IVA. Pero eso a contar del próximo 1 de enero comenzará a cambiar, quedando afectos a dicho gravamen en adelante todos quienes presten algún tipo de servicios, salvo los que explícitamente exime la ley: estos son servicios educacionales, de transporte y de salud ambulatoria. Todo el resto ahora deberá pagarlo. En todo caso, esta modificación no se aplicará respecto de servicios comprendidos en licitaciones del Estado y compras públicas que hayan sido adjudicadas o contratadas con anterioridad al 1 de enero de 2023.

Así, entre los servicios que antes no estaban afectos al IVA y que desde el próximo año sí lo estarán, se encuentran los de consultoría realizados por empresas (ingeniería, contabilidad, legales, otros), servicios de cobranzas, servicios de administración y dirección, servicios de diseño, servicios de desarrollo de software, servicios audiovisuales, servicios de domicilio virtual, servicios de gerenciamiento (empresas de un mismo holding o a terceros), servicios de adecuación técnica, diseño y desarrollo de software, mantención y soporte remoto, servicios de guardería de perros, servicios de creación y filmación de pieza audiovisual, servicios de asistencia en viajes, entre otros.

Sin embargo, la ley dejó una puerta abierta para que bajo cierta figura este tipo de servicios quedaran exentos. Así, de acuerdo con el Servicio de Impuestos Internos (SII), las sociedades de profesionales estarán eximidas de pagar el gravamen.

¿Qué requisitos deben cumplir? El SII detalla que deben estar conformadas solo por personas naturales, es decir, no debe tratarse de empresas, aunque podrían asociarse con otras sociedades de profesionales. Los socios deben desarrollar exclusivamente servicios profesionales y no ejercer actividades como el comercio.

Además, todos los socios deben ejercer la misma profesión para la sociedad o alguna profesión similar, afín o complementaria. No se aceptan socios que solo aporten capital. Si se cumplen todos los requisitos, pero la sociedad no está registrada ante el SII como Sociedad de Profesionales, se puede acoger al procedimiento simplificado que estará disponible desde el 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2023 en el servicio. Ahora, en el caso de sociedades pertenecientes al Registro de Empresas del Ministerio de Economía, el SII explica que el cambio se puede realizar a través de la plataforma de registro de empresas y sociedades, y luego registrarse como Sociedad de Profesionales ante el SII.

Frente a este cambio, ya se ha generado una serie de modificaciones entre las sociedades que prestan servicios y se han abierto críticas de expertos tributarios y de colegios de profesionales, puesto que consideran un error el haber creado esta nueva exención, ya que lo que provoca es una distorsión entre dos sociedades que prestan el mismo servicio: una estará afecta a IVA y la otra no.

Así lo grafica el socio de consultoría Tributaria CCL Auditores Consultores, Javier Jaque: “Están todos en estos momentos tratando de configurarse como sociedad de profesionales para no salir del mercado, porque si no lo hacen, se encarecerá su servicio”. Para Jaque, el principal problema es esta mantención de algunas exenciones. “Si se decide cobrar IVA que sea para todos y no provocar estas distorsiones que generará la figura de sociedades de profesionales”, argumenta.

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