El Mercurio: Tras fallo adverso, Etcheberry retira la circular de anterior jefe del SII que gravaba los néctares

Fiscalizador argumentó que por ‘las diversas dificultades operativas’ que derivan de las sentencias en contra, se optó por dejar sin efecto la normativa. De todos modos, presentó un recurso de apelación en la Corte Suprema para zanjar el conflicto.

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Ya lo había insinuado el jueves y ayer lo decretó. En su primera resolución administrativa de este tipo desde que está en el cargo, el nuevo director (s) del Servicio de Impuestos Internos (SII), Javier Etcheberry, suspendió los efectos de la Circular N°11 del organismo, que incorporó a los néctares y bebidas deportivas (isotónicas e hipotónicas) entre los productos gravados por el impuesto adicional a las bebidas analcohólicas.

La normativa había sido dictada en marzo por el anterior jefe del SII, Hernán Frigolett, quien fue designado luego por el Gobierno como nuevo embajador de Chile ante la OCDE. Etcheberry asumió el lunes 8 de julio.

¿Por qué se tomó la decisión?

La medida adoptada ayer a primera hora por Etcheberry responde a los fallos en contra de la Corte de Apelaciones de Santiago, que acogieron recursos de protección de CCU y Watt’s y declararon ilegal la normativa del servicio. ‘Considerando, por una parte, los recientes fallos de la I. Corte de Apelaciones de Santiago, recaídos en los recursos de protección N° 6598-2024 y N° 7164-2024, y que dichas sentencias solo tienen efecto relativo a las partes en juicio, por otra, así como las diversas dificultades operativas que de ello se derivan, en ejercicio de las facultades establecidas en el N° 1 de la letra A del inciso segundo del artículo 6° del Código Tributario, en relación con lo dispuesto en la letra b) del artículo 7° de la Ley Orgánica de este Servicio, mediante la presente circular se suspende provisionalmente lo instruido mediante la Circular N° 11 de 2024’, dice la nueva circular firmada por Etcheberry.

Luego, en un comunicado, el SII explicó que la suspensión del nuevo gravamen busca ‘resguardar el principio de equidad tributaria respecto de los contribuyentes de esa industria que no recurrieron de protección ante los tribunales, y los problemas operativos que generaría sostener un tratamiento diferenciado’. Indicó que se pretende dar ‘un nuevo espacio de revisión de los antecedentes y distintos argumentos técnicos vinculados a la materia’. Además, se detalló que para certeza de todos los contribuyentes, los efectos de la suspensión rigen desde ayer.

Pese al retiro de la circular original, Impuestos Internos el jueves presentó recursos de apelación en contra de las sentencias adversas de la Corte de Apelaciones. El SII consideró ‘errada’ la consideración que tuvo el fallo en el sentido de zanjar vía una acción cautelar el conflicto. ‘De la lectura del libelo del recurrente, se concluye que la acción de protección es utilizada como un ‘reemplazo o sustituto jurisdiccional’ de acciones o procedimientos ordinarios que el legislador ha dispuesto para conocer y fallar controversias como la expuesta por el actor, desnaturalizando el carácter cautelar de urgencia de aquella y sustituyendo, por esta vía, el ejercicio de acciones declarativas de derechos’, dice el escrito.

La lectura sobre la medida:

La polémica circular del SII había sido criticada previamente no solo por la industria de bebidas, sino también por expertos y parlamentarios. Incluso, el fallo en contra que tuvo el Servicio incidió también en el debate que hay en el Senado sobre cambios al sistema de gobernanza del Servicio, que hoy es de dirección unipersonal. Etcheberry ha defendido mantener ese último esquema.

Los especialistas valoraron la decisión del SII de suspender el cobro del nuevo gravamen. ‘Es un paso importante en orden a dar certeza a los contribuyentes y respetar sus derechos. Las circulares interpretativas son obligatorias solo para el SII y fijan criterios de fiscalización que deben estar alineados con la ley; en ningún caso pueden ir por sobre la ley, ya que el SII no tiene facultades para establecer nuevos hechos gravados con impuestos’, dijo Juan Alberto Pizarro, presidente de la comisión tributaria del Colegio de Contadores.

En esa línea, Carlos Díaz, abogado de Recabarren & Asociados, calificó como una ‘muy buena señal hacia el mercado’ la suspensión. ‘Ha tomado lo anterior como una oportunidad de ajustar y enmendar el actuar del SII dentro del principio de legalidad y, a la vez, abrirse a revisar en conjunto con los distintos expertos en la materia, las diversas opiniones y propuestas existentes respecto la aplicación del impuesto adicional a las bebidas analcohólicas’, señaló.

Javier Jaque, socio de CCL Auditores Consultores, cree que con esta acción el SII sinceró el error de la normativa original: ‘Es un reconocimiento de que se excedieron, de que acá hay una duda razonable, a pesar de los informes técnicos que se presentaron, de que esto no estaba establecido como un impuesto simple para ser gravado. Esto debió resolverse con una ley’.

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