La Tercera-Pulso | Operación renta 2025: las fechas claves y los principales cambios que trae

Una de las principales novedades que traerá este proceso es que se amplía el universo de contribuyentes obligados a declarar ingresos por arriendos.

Desde el 1 de abril los contribuyentes deberán comenzar a realizar su Declaración de Renta 2025. Y si bien todavía falta más de un mes, el Servicio de Impuestos Internos (SII) ya comenzó a entregar alguna información clave al respecto.

Lo primero que menciona es el detalle de quienes están obligados a declarar renta. Y en ese grupo están todas aquellas personas que tuvieron ingresos anuales superiores a $10.900.000 (salvo que correspondan a sueldos de un solo empleador); si la persona tuvo más de un empleador o pagador, si tuvo algún trabajo a honorarios y quiere optar a la cobertura parcial para sus cotizaciones previsionales.

También quien solicitó el Préstamo Solidario en 2020 y/o 2021, ya que en esta Operación Renta se calculan y pagan las cuotas respectivas. Además, todos aquellos que crearon un emprendimiento en 2024. En el caso de las empresas, todas tienen que presentar su Declaración de Renta.

¿Cuáles son las novedades?

A nivel de las declaraciones juradas, el socio de Consultoría y Cumplimiento Tributario de CCL Auditores Consultores, Christian Delcorto, destaca como una de las principales las modificaciones a la declaración jurada 1835, sobre arrendamiento de bienes raíces, en la cual se incluye “mandatarios” como sujetos obligados a declarar, por lo que el SII espera que se aumente el universo de contribuyentes obligados a declarar. Los mandatarios son personas que reciben la confianza de otra para actuar en su nombre. Por ello, según el experto, “el SII espera que se aumente el universo de contribuyentes obligados a declarar dado que el año tributario anterior el número de personas que declararon arriendos, aumentaron en 356%, pasando de 25 mil en la Operación Renta de 2023 a 116 mil, donde el Fisco recaudó unos US$1.224 millones, vale decir US$$171 millones adicionales a lo proyectado”. Se trata de corredores de propiedades u otros profesionales de ese tipo.

De acuerdo al SII, al realizar la declaración de renta se deben considerar todos los ingresos, incluyendo los obtenidos por concepto de arriendo y/o usufructos de bienes raíces. “Al momento de realizar el cálculo de todos los ingresos que obtuviste en el año, también revisaremos si tienes exenciones por DFL-2 y determinaremos si te corresponde o no pagar Impuesto a la Renta”, señala el SII.

Hay cambios en otras declaraciones juradas (DDJJ 1922,1948 y 1949), que incorporan información relativa a la distribución de utilidades con cargo al ISIF, que fue el incentivo especial que creó el gobierno para la reconstrucción del Valparaíso.

Por otro lado, el SII creó dos nuevas DDJJ (1958 y 1959), siendo la DDJJ 1959 la más gravitante, relativa a los 50 depósitos y/o transferencias) en cuenta corriente. pero esta entrará en vigencia a contar del 1 de Julio del 2025.

En cuanto al Formulario 22, los cambios más trascendentales dicen relación con su incorporación en las rentas presuntas (apertura de códigos) y en el recuadro de ventas de bienes raíces.

Crédito por compra de viviendas nuevas

Este es un beneficio que permite que las personas que han solicitado un crédito o mutuo con garantía hipotecaria para la compra de una vivienda nueva con destino habitacional accedan a una rebaja de los impuestos a pagar o una devolución si corresponde, por el monto pagado como dividendos. El beneficio estará disponible solamente hasta el año tributario 2029.

Para esta Operación Renta, el monto del crédito corresponderá a los dividendos efectivamente pagados con tope de $1.076.704 (16 UTM a diciembre de 2024).

Considera que el monto de los dividendos solo comprende la amortización del capital e intereses, sin incluir otros recargos tales como seguros, comisiones u otro que se pacten.

Reliquidación del impuesto de segunda categoría

Beneficia principalmente si la persona trabaja en forma dependiente y tiene sueldo mensual variable, y no percibe ingresos en uno o más meses del año.

De acuerdo al SII, al reliquidar (es decir, al aplicar la tasa de impuesto considerando los ingresos sobre una base anual), se podría obtener la devolución de los impuestos pagados en exceso en los meses en que el ingreso fue mayor, o bien, en los meses en que se tuvo ingresos y, por lo tanto, la tasa del impuesto que se aplicó fue mayor a la tasa que se hubiera obtenido considerando la suma anual del total de las rentas.

Fechas claves para realizar la declaración de impuestos

  • El proceso para realizar la Operación Renta comienza el 3 de marzo de 2025 y finaliza el 30 de junio.
  • 1 de marzo: inicio del envío de Declaraciones Juradas (DDJJ).
  • 25 de marzo: vence plazo de la declaración jurada de Bienes raíces arrendados.-
  • 1 de abril: apertura del Formulario 22 (F22) para la declaración de renta.
  • 30 de abril: fecha límite para enviar la declaración.
  • 15 de mayo: último día para corregir declaraciones.

En cuando al pago de las devoluciones, el SII indicó que, si realizas tu declaración entre el 1 y el 21 de abril, recibirás tu devolución el 15 de mayo.

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